Publican Plan de Apoyo para micros y pequeñas empresas afectadas por Coronavirus

Ya están publicadas las bases para registrarse como aspirante al plan emergente de apoyos económicos, a través del cual el Gobierno de Jalisco facilitará créditos a trabajadores independientes (formales o informales) y a pequeñas y medianas empresas para evitar la desaparición de más de 127 mil empleos como consecuencia de la crisis económica que se vive en la entidad a raiz del aislamiento social que ha provocado la pandemia de Coronavirus.

A través del documento titulado Lineamientos del Plan Jalisco Covid-19 “Protección al ingreso” se especificá que son mil millones de pesos los que el gobierno de Jalisco ha obtenido mediante un crédito quirográfico para ponerlo en las manos de los ciudadanos y empresarios que lo requieran.

Fue el pasado 20 de marzo cuando el gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, anunció que se crearía un Paquete de Medidas Económicas de Emergencia “para poder apoyar a la gente que más lo necesita, para preservar el empleo y para garantizar que no haya una sola persona que no tenga en nuestro estado el apoyo para subsitir, para sostener a sus familias y para salir adelante”.

Finalmente este fue dado a conocer a las 23:00 horas de ayer 25 de marzo mediante la cuenta oficial del mandatario.

También apoyarán al comercio informal

En el documento Lineamientos del Plan Jalisco Covid-19 “Protección al ingreso” se especifica que será un monto mensual de 5 mil pesos el que podrán solicitar todas aquellas personas “con actividades  de autoempleo, subempleadas de manera formal o no formal o en actividades económicas no formales, que se vean afectadas en sus fuentes de ingresos y su estabilidad o continuidad laboral por la pandemia del COVID-19, durante los primeros 30 días de la contingencia sanitaria”.

También se especifica que de ser necesario la ayuda se podrá solicitar para un segundo mes, pudiendo ser el mismo o distinto beneficiario, esto si aún hay presupuesto disponible.

A través del documento titulado Lineamientos del Plan Jalisco Covid-19 “Protección al ingreso” se especificá que son mil millones de pesos los que el gobierno de Jalisco ha obtenido mediante un crédito quirográfico para ponerlo en las manos de los ciudadanos y empresarios que lo requieran.

Fue el pasado 20 de marzo cuando el gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, anunció que se crearía un Paquete de Medidas Económicas de Emergencia “para poder apoyar a la gente que más lo necesita, para preservar el empleo y para garantizar que no haya una sola persona que no tenga en nuestro estado el apoyo para subsitir, para sostener a sus familias y para salir adelante”.

Finalmente este fue dado a conocer a las 23:00 horas del 25 de marzo mediante la cuenta oficial de twitter del mandatario.

“No existe precedente en el Estado de Jalisco sobre un fondo similar o análogo para la realización de actividades encaminadas a la mitigación de los efectos colaterales ocasionados por la pandemia del COVID-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud en marzo del año 2020 dos mil veinte, lo que justifica plenamente la medida emergente adoptada por el Gobierno del Estado de Jalisco”.

Se lee en el documento, en el cual también se explica que el programa aplicará en los 125 municipios del Estado de Jalisco y podrán accesar a el personas autoempleadas (sea de manera formal o informal), además de micro y pequeñas empresas.

Apoyo a personas que trabajan en la informalidad

En el documento Lineamientos del Plan Jalisco Covid-19 “Protección al ingreso” se especifica que será un monto mensual de 5 mil pesos el que podrán solicitar todas aquellas personas “con actividades de autoempleo, subempleadas de manera formal o no formal o en actividades económicas no formales, que se vean afectadas en sus fuentes de ingresos y su estabilidad o continuidad laboral por la pandemia del COVID-19, durante los primeros 30 días de la contingencia sanitaria”.

También se especifica que de ser necesario la ayuda se podrá solicitar para un segundo mes, pudiendo ser el mismo o distinto beneficiario, esto si aún hay presupuesto disponible.

Por su parte, el Servicio Nacional de Empleo Jalisco (SNEJ) podrá requerir la ayuda de los beneficiarios para participar en actividades que estén encaminadas a la mitigación de los efectos colaterales de la pandemia, las cuales pueden ser labores de sanitización de espacios públicos y privados, atención de líneas telefónicas de emergencia, elaboración de registros, entrega de alimentos, actividades de apoyo en centros de salud, entre otras. Aclaran que estas se harían con las medidas de protección necesarias para salvaguardar la integridad de las personas.

Requisitos para ser beneficiario

Los sigueintes documentos se deberán pre cargar en la plataforma https://planprotege.jalisco.gob.mx/ y cuando se acuda a la entrevista deberán presentarlos en original, una vez cotejada la información se devolverán los originales.

Criterios de elegibilidad de los beneficiados
Criterios de elegibilidad (características del beneficiado)Requisitos (documentos)
  • Ser mexicano
  • Identificación oficial
  • Tener entre 18 y 65 años de edad
  • CURP (salvo que aparezca en cualquier otro documento oficial) o Acta de Nacimeinto (cuando no se cuente con identificación oficial
  • Radicar en el estado de Jalisco
  • Comprobande de domicililo (luz, agua, recibo telefónico) con angiguedad no mayor a dos meses.
  • Ser persona con actividades de autoempleo, subempleadas de manera formal o no formal o en actividades económicas no formales, y se vean afectadas en sus fuentes de ingreso que conlleva una disminución de los mismos o en su estabilidad o continuidad laboral con motivo de la emergencia generada por el COVID-19 y no recibir apoyo de otro programa social del Gobierno Federal o del Estado de Jalisco simultáneamente.
  • Carta bajo protesta de decir verdad
  • Demostrar necesidad económica
    familiar.
  • Entrevista.
  • Solicitud electrónica
  • Para el trámite del registro deberán acceder al portal que se determine en la Convocatoria respectiva, para lo cual deberán capturar los datos  correspondientes y pre cargar los documentos requisitados.

El Comité Interno de Validación (CIV), a partir de hoy será la autoridad responsable de aprobar y vigilar la ejecución y operación de los presentes lineamientos y estará integrado por los titulares de las siguientes áreas:

  • Jefatura de Gabinete;
  • Coordinación General Estratégica de Crecimiento y Desarrollo
  • Coordinación General Estratégica de Desarrollo Social, quien
  • tendrá la función de la Presidencia del Comité y tendrá voto de calidad;
  • Dirección General del Servicio Nacional del Empleo de Jalisco;
  • Secretaria del Sistema de Asistencia Social;
  • Sistema DIF Jalisco; y,
  • Coordinación de Apoyo Financiero a la Capacitación del Servicio Nacional de Empleo, quien tendrá la función de la Secretaría Técnica.

 

Apoyo para Micro y Pequeñas empresas

En el documento también se especifica la ayuda que el Gobierno de Jalisco podrá facilitar a los propietarios de pequeñas y medianas empresas con la finalidad de que no se realice el despido de sus empleados.

“El apoyo financiero para capital de trabajo para el primer mes será de $10,000.00 (Diez mil
pesos 00/100 M.N), por trabajador registrado ante el IMSS y hasta $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N), por empresa, por mes. En caso de que se otorgue una segunda ministración el Apoyo Financiero será por una cantidad igual, de conformidad a la siguiente tabla”, se explica en el documento Lineamientos del Plan Jalisco Covid-19 “Protección al ingreso”.

El Servicio Nacional de Empleo de Jalisco (SNEJ) será el encargado de solicitará a la Secretaría de la Hacienda Pública la apertura de una Cuenta Bancaria y hacer la respectiva entrega a los empresarios por medios electrónicos bancarios o la forma que disponga la Secretaría de la Hacienda Pública.

Este plan emergente de Apoyo Financiero considera una tasa de 0% de interés, beneficiando así a las Micros y Pequeñas Empresas que se hayan visto afectadas por la contingencia sanitaria. El plazo de pago será de 24 meses, que incluyen un periodo de 6 meses de gracia y 18 pagos mensuales cuyos montos se muestran en la siguiente tabla:

En el caso de los creditos para pequeñas y medianas empresas el Comité Interno de Validación (CIV) será la autoridad responsable de aprobar y vigilar la ejecución y operación de los presentes lineamientos; estará integrado por los titulares de las siguientes áreas:

  • Jefatura de Gabinete;
  • Coordinación General Estratégica de Crecimiento y Desarrollo Económico;
  • Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de Jalisco; quien tendrá la función de la presidencia y tendrá voto de calidad;
  • Dirección General de FOJAL; y
  • Dirección General del CEPE; quien tendrá la función de la Secretaría Técnica

Los criterios con que el CIV elegiran a las Micro y Pequeñas empresas y los requisitos que estas deben de cumplir para se acreedoras al apoyo monetario son los siguientes:

Lineamientos para el PLAN JALISCO COVID-19 PROTECCIÓN AL INGRESO
Reunión mediante la cual el Gobernador de Jalisco afinó detalles para dar a conocer los Lineamientos para el PLAN JALISCO COVID-19 PROTECCIÓN AL INGRESO. Foto: Cortesía

El CIV también estará a cargo de las peticiones que hagan las personas jurídicas o morales y en este caso son los criterios a seguir y los requisitos que se deberán cumplir son los siguientes:

Proceso para registrar tu petición de ayuda

Deberán ingresar al portal de la Convocatoria en la Plataforma de Registro en el portal web https://planprotege.jalisco.gob.mx/ , donde deberán capturar los datos correspondientes y pre cargar los documentos requisitados.

Una vez realizado el pre registro y verificado que se cumplan con los requisitos de elegibilidad, se les notificará vía electrónica día y hora en que deberán acudir a una entrevista;

Una vez realizada la entrevista y cotejada la documentación, se les informará si son acreedores al beneficio, o en su caso, que será remitido al CIV para su análisis; (se realizará una valoración de la solicitud cuyo resultado le será enviado vía electrónica).

La Secretaría Técnica deberá remitir al CIV el listado de los aceptados como beneficiarios a solicitud del SNEJ una vez concluidas las entrevistas para su respectiva validación; y,

Posterior a la validación del CIV, se dará la instrucción al área correspondiente para el pago del apoyo.Se seleccionarán a los beneficiarios en orden de prelación de la solicitud, del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, así como en función de su necesidad económica y familiar, derivado del resultado de la entrevista. (Los apoyos financieros serán ministrados vía medios bancarios electrónicos y las Micro y Pequeñas Empresas beneficiarias tendrán un plazo de hasta 24 meses, contando con una tasa de interés del 0%, iniciando con la primera amortización en el mes 7).

De aprobarse tu apoyo tendrás derechos y también obligaciones

Derechos de las personas solicitantes (autoempleados en comercios informales):

  • a) Recibir información sobre los beneficios y características de los presentes lineamientos; y,
  • b) Recibir oportunamente los beneficios señalados en los presentes LINEAMIENTOS.

Obligaciones de las personas solicitantes:

  • “LOS BENEFICIARIOS” seleccionados deberán firmar una “Carta de Compromiso Social” del cumplimiento de las obligaciones derivadas de los lineamientos;
  • Respetar el Reglamento Interno del lugar donde participe en virtud del proyecto emergente de carácter gubernamental respectivo;
  • Proporcionar la información que en su caso requiera el SNEJ responsable del seguimiento, supervisión y evaluación de los lineamientos, relacionada con los beneficios otorgados;
  • Atender los requerimientos que se determinen para el debido cumplimiento de las acciones de apoyo a las instituciones públicas, de asistencia social o cualquier otra similar, para la realización de actividades de control, prevención y apoyo para la mitigación de los efectos colaterales de la pandemia del COVID-19;
  • Acudir puntualmente a la entrevista; y
  • Cuando sea requerido, atender en todo momento las indicaciones proporcionadas por los especialistas en materia de salud pública, como pudieran ser de manera enunciativa más no limitativa: el uso del cubre bocas, el lavado continuo de manos, el mantener una distancia de al menos un metro de otras personas.

Derechos de los beneficiarios sean personas físicas o morales (formales)

  • Recibir información sobre los beneficios y características de los presentes lineamientos; y,
  • Recibir el Apoyo Financiero según lo establecido en los presentes lineamientos, una vez comunicada la aprobación.
  • Podrá ser sujeto a futuros apoyos emergentes o de reactivación económica, siempre y cuando al momento del registro del futuro programa mantenga la plantilla laboral con la cual se registró inicialmente en el presente plan.

Obligaciones de los beneficiarios sean personas físicas o morales (formales)

  • Realizar el procedimiento de comprobación en la Plataforma de Registro para comprobar que se mantuvo sin reducción la plantilla laboral durante el periodo por el cual haya recibido el Apoyo Financiero, esto de conformidad con lo establecido en la Convocatoria;
  •  Realizar los pagos correspondientes en tiempo y forma;
  • Firmar la documentación jurídica que le sea requerida;
  • Proporcionar información verídica con los documentos correspondientes;
  • Presentar la documentación original que le sea requerida; y
  • Permitir que se puedan llevar a cabo los actos de verificación que se consideren pertinentes por parte de los servidores públicos designados por el CIV, como visitas domiciliarias o entrevistas telefónicas.

Habrá sanciones para quienes no cumplan esas obligaciones

Cabe destacar que, si recibiste el apoyo económico pero no cumpliste con las obligaciones que antes se citaron, el Gobierno Estatal podría aplicarte algunas sanciones monetarias, respecto al crédito monetario que se te está facilitando para mitigar la dura situación económica que ha dejado la pandemía en la entidad.

Las sanciones podrían ser las siguientes:

  • Si el beneficiario al momento de realizar el procedimiento de comprobación, cae en el
    supuesto de incumplimiento de los presentes lineamientos, se solicitará el reintegro total
    e inmediato de los recursos y se aplicará una tasa de interés del 24% anual por el
    tiempo que haya transcurrido.
  • En caso de no realizar el procedimiento de comprobación según lo dispuesto en la
    convocatoria, se le hará una notificación de retraso vía electrónica para que este trámite
    sea subsanado; si a los tres días naturales de haberse enviado dicha notificación la
    comprobación no ha sido realizada, se le solicitará el reintegro total e inmediato de los
    recursos y se aplicará una tasa de interés del 24% anual por el tiempo que haya
    transcurrido.

 

En el documento se especifica que realizar este trámite no debe generar ningún costo y no requiere de intermediarios para su participación y seguimiento. Asimismo, proporciona los números telefónicos (33) 30-30-20-00, extensiones 55005, 55093 y 55095 para quien solicite mayor información.

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Author: fisgonpoliticojal

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