Conceden amparo a Javier Duarte por delito de peculado

Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en Ciudad de México concedió un amparo al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa y revocó la sentencia contra su vinculación a proceso por el delito de peculado por 220 millones de pesos.

El fallo del primer tribunal colegiado ordena a un juez de control del Sistema Penal Acusatorio adscrito a la Unidad de Gestión Judicial número 8 del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX dictar una nueva resolución para que funde y motive por qué Javier Duarte de Ochoa debe enfrentar un proceso por este delito y privado de la libertad.

Sin embargo el ex mandatario veracruzano purga una condena federal de nueve años tras ser encontrado culpable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa, que de acuerdo a los beneficios del nuevos sistema de justicia penal podrá continuar en libertad a partir del año que entra.

En marzo pasado, la defensa legal de Duarte interpuso un recurso de revisión que admitió dicho colegiado. Los actos que reclamaba su cliente son el auto de vinculación a proceso de 20/05/2018 y la medida cautelar de prisión preventiva justificada, impuesta en la misma fecha.

“Es evidente que los argumentos y razones que dio el Juez de Control responsable para establecer la vinculación a proceso del hoy quejoso por el hecho que la ley señala como delito peculado y la probabilidad de que éste lo cometió a título de autor intelectual, así como para señalar que hasta ese momento no operaba a su favor alguna causa de exclusión del delito o responsabilidad, y los correspondientes para dar respuesta a los cuestionamientos y alegaciones que hizo la defensa en torno a que existía atipicidad porque no se daban los elementos que mencionó de ese; resultan lacónicos y por ende, una inadecuada fundamentación y motivación” señala el amparo en revisión 106/2019.

Incluso el colegiado consideró que la resolución el juez de control no se aprecia cómo encuadró la conducta delictiva de peculado que se encuentra prevista en el artículo 323 del Código Penal para el Estado de Veracruz, esto es, que haya realizado algún juicio de valor al respecto y mucho menos que señalara de manera específica que datos de prueba tomó en cuenta para ello.

“No se observa que haya definido de manera clara y concreta por cuál de las dos conductas que prevé ese numeral se seguirá el proceso, es decir, si probablemente el hoy quejoso a título de autor intelectual “utilizó” o “dispuso” el dinero materia de los hechos, y si ese numerario lo recibió “en administración, deposito o por otra causa en razón de su cargo”, pues habla de manera indistinta respecto a éstos.

“Y segundo, y más importante aún, no indicó en qué momento se cometió el delito, a saber si ocurrió cuando se realizaron las transferencias de la cuenta pública de la multicitada Comisión de Aguas del Estado de Veracruz o “CAEV” a la otra cuenta perteneciente a la multireferida Secretaria de Finanzas, o si eso aconteció una vez que dichos recursos, salieron de esta última cuenta a diverso destino

En mayo de 2018, un juez de control de Ciudad de México abrió un nuevo proceso contra Duarte de Ochoa, a quien vinculó a proceso por delitos del fuero común, ya que la Fiscalía General del estado, lo acusa de desviar más de 220 millones de pesos de la Comisión de Aguas de la entidad entre septiembre y noviembre de 2014, lo que provocó la suspensión de 97 obras hidráulicas. También le imputó utilizar un helicóptero cuando ya no estaba en funciones y no entregar de manera formal la recepción del gobierno.

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Author: fisgonpoliticojal

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